Derecho

Ley 1564 de 2012
1 de febrero de 2020

Artículo 120. Términos para Dictar las Providencias Judiciales por Fuera de Audiencia

ARTÍCULO 120
Artículo(s) demandados Tema Estado Documentos Intervención del Departamento Sentido del fallo Expediente
Arts. 74,93, 107, 118, 120, 165, 184… Desarrollo de diligencias sin presencia de los apoderados o partes Archivado Demanda Corrección N.A. N.A. N.A. N.A. 13768