29 de mayo de 2024
ARTÍCULO 357. FORMULACIÓN DEL RECURSO
El recurso se interpondrá por medio de demanda que deberá contener:
- Nombre y domicilio del recurrente.
- Nombre y domicilio de las personas que fueron parte en el proceso en que se dictó la sentencia para que con ellas se siga el procedimiento de revisión.
- La designación del proceso en que se dictó la sentencia, con indicación de su fecha, el día en que quedó ejecutoriada y el despacho judicial en que se halla el expediente.
- La expresión de la causal invocada y los hechos concretos que le sirven de fundamento.
- La petición de las pruebas que se pretenda hacer valer.
A la demanda deberán acompañarse las copias de que trata el artículo 89.