Derecho

Decisiones Relevantes
16 de febrero de 2022

Laudo arbitral Lebumas Inmobiliaria S.A.S. vs. Km2 Solutions Colombia S.A.S.

Por: Diego Fernando Rojas Vásquez

Por medio del laudo del 24 de noviembre de 2021, el Tribunal Arbitral integrado por los árbitros Camilo Calderón Rivero, Andrés Flórez Villegas y Adriana Zapata Giraldo adelantado en el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Bogotá dirimió la controversia entre Lebumas Inmobiliaria S.A.S. contra. Km2 Solutions Colombia S.A.S., con ocasión del contrato de arrendamiento celebrado entre estas. Este laudo no fue impugnado mediante el recurso extraordinario de anulación, de conformidad con la información del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio.

En el laudo arbitral, el Tribunal resolvió el siguiente problema jurídico de carácter probatorio:

¿Cuál es el efecto de la tacha de imparcialidad sobre el testimonio practicado?

En la decisión en comento, el Tribunal arbitral recordó que, de conformidad con el artículo 211 del Código General del Proceso (CGP), la tacha por parcialidad o por circunstancias que afecten la credibilidad del testigo es una figura que debe analizarse al momento de fallar, a pesar de que con frecuencia la misma es propuesta antes de la práctica de tal medio de prueba.

De igual manera, el Tribunal expuso como esta tacha no impide la recepción o valoración del testimonio, sino que impone al juez el deber de realizar  un análisis probatorio más severo de esa declaración cuestionada, teniendo en cuenta el grado de credibilidad que puede ofrecer el testigo, de conformidad con las circunstancias que lo rodean a él y a su testimonio.   

Así mismo, recordó que el testimonio debe ser valorado de conformidad con la sana crítica, por lo cual, la mera existencia de algún tipo de interés o relación por parte de los testigos no logra tornarse en una circunstancia suficiente para configurar la tacha, sino que será indispensable realizar una valoración de conformidad con las condiciones y el contexto en el que se practicaron tales medios de prueba.

A partir de lo anterior, el Tribunal Arbitral resolvió rechazar la tacha propuesta respecto de los testimonios practicados, en cuanto estimó que las relaciones de los testigos con una de las partes no invalidaba el testimonio practicado.