Derecho

Novedades Observatorio Constitucional
25 de enero de 2025

Novedades Observatorio Constitucional – Enero de 2025

En el mes de Enero de 2025 nuestro Observatorio comparte la siguientes novedades:

  1. ¡Nueva demanda! Se presentó demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 82 ( parcial), articulo 90 ( parcial), articulo 96 ( parcial), articulo 97 (parcial)  y articulo 206 ( parcial) del Código General del Proceso.

El demandante considera que los numerales:

  • Séptimo del articulo 82
  • Sexto del articulo 90
  • Tercero del articulo 96
  • Inciso segundo del artículo 97
  • Inciso primero, cuarto y quinto del artículo 206

Vulneran los artículos 1,2,12,29,93,229 y 250 (parcial) de la Constitución Política de Colombia

El actor argumenta que las normas vulneran el derecho al debido proceso, específicamente el derecho a probar, y enfatiza que un régimen sancionatorio de naturaleza objetiva constituye una violación del debido proceso.

El demandante expresa que dichas normas imponen una carga desproporcionada al reclamante exigiéndole juramento sin tener en cuenta su capacidad económica desconociendo de esta manera la complejidad real  de los procesos de reclamación y estimación de montos.

Por otro lado, argumenta que el principio de reparación integral resulta comprometido o afectado ya que las limitaciones establecidas impiden que el reclamante pueda obtener una compensación que refleje integralmente el daño o perjuicio realmente experimentado.

CONSULTE LA DEMANDA

2.¡Nueva demanda! Se presentó demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 291 y 292 del Código General del Proceso.

El demandante considera que dichas disposiciones normativas vulneran los artículos 13, 29 y 229 de la Constitución Política de Colombia

El actor argumenta que los actuales sistemas de notificación judicial actual generan una desigualdad procesal en el sentido que las notificaciones físicas imponen una serie de requisitos más complejos en comparación con las electrónicas, lo que produce una vulneración directa del derecho constitucional a la igualdad.

El accionante expresa que la diferencia procesal no solo afecta los tiempos de tramitación, sino que también compromete principios básicos como el principio al debido proceso, derecho a la defensa y el acceso a la administración de justicia. Para el demandante una notificación física acarrea mayores obstáculos.

CONSULTE LA DEMANDA