Derecho

Novedades Observatorio Constitucional
11 de julio de 2020

Novedades Observatorio Constitucional – Julio 2020

Las novedades del Observatorio Constitucional son una nueva línea de información que se centrará en dar cabida y seguimiento a los sucesos constitucionales de interés que se susciten en la Corte Constitucional y algunos otros órganos de la jurisdicción, relacionados con aspectos procesales, el funcionamiento de la administración de justicia y los estatutos procesales que son objeto de estudio del observatorio constitucional de normas procesales. En Julio de 2020 las novedades fueron:

 

1.  La Sala Plena virtual de la Corte Constitucional declaró ajustado a la Constitución el Decreto Legislativo 560 de 2020, por medio del cual se adoptaron medidas transitorias especiales en materia de procesos de insolvencia. Sin embargo, declaró la exequibilidad condicionada del numeral 2.3. del Artículo 4, parágrafo 3º del Artículo 5º, y numeral 3º del parágrafo primero del Artículo 8º.

CONSULTE EL BOLETÍN No. 120

2. Se ordena el cierre de sedes judiciales en Bogotá hasta el 31 de julio de 2020. Los despachos judiciales realizarán las actuaciones procesales en forma virtual, bajo las condiciones previstas en los artículos 21 a 36 del Acuerdo PCSJ20-11567.

CONSULTE EL ACUERDO

3. La Sala Plena virtual de la Corte Constitucional declaró ajustado a la Constitución el Decreto Legislativo 564 de 2020 “por el cual se adoptan medidas para las garantías de los derechos de los usuarios del sistema de justicia, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica”. Sin embargo, la Corte consideró que la no suspensión del termino de caducidad en materia penal es inconstitucional, por lo tanto, declaró inexequible la expresión “y caducidad” establecida en el parágrafo del artículo 1º de dicho Decreto Legislativo.

CONSULTE EL BOLETÍN No. 113

4.La Sala Plena virtual de la Corte Constitucional declaró ajustado a la Constitución el Decreto Legislativo 491 de 2020 con excepción del Artículo 12, el cual regulaba las reuniones no presenciales en los órganos colegiados de las ramas del poder público. La Corte sostuvo que dicho artículo resultaba innecesario desde el punto de vista jurídico y contraría el principio de autonomía de las ramas Legislativa y Judicial, así como de los órganos constitucionalmente autónomos.

CONSULTE EL BOLETÍN No. 116

5. Se demandó la inconstitucionalidad parcial del artículo 346 CGP, por medio del cual se regulan las causales de inadmisión de la demanda de casación. El actor considera que la prohibición de recurrir el auto que inadmite la demanda de casación vulnera el preámbulo y los artículos 1,2,13,29, 228, 229, 336 de la Constitución Política, y las normas del bloque de constitucionalidad.

CONSULTE LA DEMANDA