Derecho

Novedades Observatorio Constitucional
23 de julio de 2024

Novedades Observatorio Constitucional – Julio de 2024

En el mes de julio de 2024 nuestro Observatorio comparte las siguientes novedades:

  1. ¡Nueva demanda! Se presentó demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 308(parcial) de la Ley 1564 de 2012 el cual regula lo concerniente a la entrega de bienes

El demandante considera que la expresión en la que no se admitirá ninguna oposición” plasmada en el numeral cuarto del artículo 308 del Código General del Proceso vulnera los artículos 228 y 229 de la Constitución Política.

El actor argumenta que la disposición legal cuestionada lesiona los derechos relativos al acceso a la justicia y la prevalencia del derecho sustancial, respectivamente. Alega, además, que la norma impide injustificadamente que terceros poseedores se opongan a la entrega de bienes secuestrados, privándolos de acceso efectivo a la justicia y generando un trato discriminatorio. Además, se sostiene que la prohibición general de oposiciones prioriza el derecho procedimental sobre el sustancial, contradiciendo el régimen jurídico de la posesión y la prescripción adquisitiva, así como la jurisprudencia establecida. En esencia, la demanda argumenta que la norma vulnera derechos constitucionales al dejar sin mecanismo de defensa efectivo a poseedores legítimos, sacrificando principios fundamentales en favor de un formalismo procesal excesivo.

CONSULTE LA DEMANDA

  • ¡Nueva demanda! Se presentó demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 446 (parcial), 453 (parcial), 457 (parcial) y 461 (parcial) de la Ley 1564 de 2012, los cuales regulan lo concerniente a la liquidación del crédito y las costas, el pago del precio e improbación del remate, repetición del remate y remate desierto y terminación del proceso por pago, respetivamente.  

 El demandante considera que las normas acusadas vulneran directamente los artículos 2,4,13,29,228,229 y 365 de la Constitución Política de Colombia.

El actor argumenta que las normas acusadas violan varios artículos constitucionales por favorecer injustificadamente al deudor sobre el acreedor en el proceso ejecutivo. Agrega que las normas generan un trato desigual entre las partes del proceso ejecutivo, violando así el derecho a la igualdad y provocando una prevalencia al derecho procesal sobre el sustancial, contraviniendo el artículo 228, también argumenta que dificultan el acceso efectivo a la justicia al obstaculizar la terminación eficaz del proceso ejecutivo.

Por último, expresa que las normas acusadas obstaculizan la adecuada prestación del servicio público de administración de justicia, en esencia, el demandante considera que el trato ventajoso al deudor en el proceso de remate viola principios constitucionales fundamentales y obstaculiza la realización efectiva de los derechos del acreedor.

CONSULTE LA DEMANDA