Derecho

Régimen de Monitorías

Régimen de monitorías:

1. Las monitorias tienen la finalidad de propiciar la formación de investigadores y docentes, y de dotar a los distintos Departamentos Académicos de personal auxiliar para el desempeño de sus funciones de investigación y docencia.

2. El monitor también tiene la función de asesoría académica a los estudiantes de las asignaturas de derecho procesal.

3. En procura de fomentar la labor e investigación del monitor, la Universidad crea planes de otorgamiento de becas para especializaciones, facilitación de acceso a maestrías y doctorados, dentro y fuera del país. Acorde con el propósito de fomentar la investigación y la docencia, los monitores que acceden a estos beneficios, son tenidos en cuenta, con preferencia para la provisión de cátedras en la Universidad.

4. La Universidad también promueve planes de capacitación en investigación y docencia, con la realización de cursos y seminarios de metodología, encuentros de compenetración, todo con el fin de fomentar un semillero de docentes e investigadores

5. Los monitores reciben un auxilio económico mensual como otro elemento de estímulo para propiciar la función que desempeñan. Este auxilio no constituye salario.

6. El Departamento de Derecho Procesal cuenta con 5 monitores, quienes desempeñan ese cargo desde su vinculación hasta la finalización de su quinto año. Al momento de presentarse alguna(s) vacante(s) en las monitorias, con prudente antelación y suficiente divulgación, se abren las convocatorias para elegir los estudiantes que se vincularan para ocuparla.

7. Los requisitos para la inscripción como aspirante al cargo de monitor del Departamento de Derecho Procesal son: estar cursando tercer, cuarto o quinto año de derecho, haber obtenido un promedio de calificaciones superior a tres con cinco (3.5).

8. El proceso de selección se hace por concurso y calificación de meritos, a partir de un análisis de los resultados académicos obtenidos por el aspirante en el curso de su carrera. A su vez, se practicara una prueba que comprende un examen de aptitudes y conocimientos elementales en derecho procesal y que tiende a medir la capacidad, el interés y la consagración del aspirante.

9. Solo serán seleccionados para ocupar el cargo de monitores aquellos aspirantes que obtengan los mejores y más óptimos resultados en el proceso de selección.