Derecho

Derecho

Capítulo IV: Citación de acreedores con garantía real y acumulación de procesos

ARTÍCULO 466. PERSECUCIÓN DE BIENES EMBARGADOS EN OTRO PROCESO

Quien pretenda perseguir ejecutivamente bienes embargados en otro proceso y no quiera o no pueda promover la acumulación, podrá pedir el embargo de los que por cualquier causa se llegaren a desembargar y el del remanente del producto de los embargados.  Cuando estuviere vigente alguna de las medidas contempladas en […]

ARTÍCULO 464. ACUMULACIÓN DE PROCESOS EJECUTIVOS

Se podrán acumular varios procesos ejecutivos, si tienen un demandado común, siempre que quien pida la acumulación pretenda perseguir total o parcialmente los mismos bienes del demandado.  Para la acumulación se aplicarán las siguientes reglas:  Para que pueda acumularse un proceso ejecutivo quirografario a otro en el que se persiga […]

ARTÍCULO 463. ACUMULACIÓN DE DEMANDAS

Aun antes de haber sido notificado el mandamiento de pago al ejecutado y hasta antes del auto que fije la primera fecha para remate o la terminación del proceso por cualquier causa, podrán formularse nuevas demandas ejecutivas por el mismo ejecutante o por terceros contra cualquiera de los ejecutados, para […]

ARTÍCULO 462. CITACIÓN DE ACREEDORES CON GARANTÍA REAL

Si del certificado de la oficina de registro correspondiente aparece que sobre los bienes embargados existen garantías prendarias* o hipotecarias, el juez ordenará notificar a los respectivos acreedores, cuyos créditos se harán exigibles si no lo fueren, para que los hagan valer ante el mismo juez, bien sea en proceso […]