Derecho

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LIBRO TERCERO: PROCESOS.

ARTÍCULO 388. DIVORCIO

En el proceso de divorcio y de cesación de efectos civiles de matrimonio religioso son partes únicamente los cónyuges, pero si estos fueren menores de edad, podrán también intervenir sus padres. El Ministerio Público será citado en interés de los hijos y se observarán las siguientes reglas:  El juez declarará […]

ARTÍCULO 387. NULIDAD DE MATRIMONIO CIVIL

A la demanda en que se pida la nulidad de un matrimonio civil deberá acompañarse la prueba de este.  La intervención de los padres o guardadores de los cónyuges solo procederá cuando el respectivo consorte fuere incapaz.  El agente del Ministerio Público intervendrá únicamente cuando existan hijos menores, y en […]

ARTÍCULO 386. INVESTIGACIÓN O IMPUGNACIÓN DE LA PATERNIDAD O LA MATERNIDAD

En todos los procesos de investigación e impugnación se aplicarán las siguientes reglas especiales:  La demanda deberá contener todos los hechos, causales y petición de pruebas, en la forma y términos previstos en el artículo 82 de este código. Cualquiera que sea la causal alegada, en el auto admisorio de la demanda […]

ARTÍCULO 385. OTROS PROCESOS DE RESTITUCIÓN DE TENENCIA

Lo dispuesto en el artículo precedente se aplicará a la restitución de bienes subarrendados, a la de muebles dados en arrendamiento y a la de cualquier clase de bienes dados en tenencia a título distinto de arrendamiento, lo mismo que a la solicitada por el adquirente que no esté obligado […]

ARTÍCULO 384. RESTITUCIÓN DE INMUEBLE ARRENDADO

Cuando el arrendador demande para que el arrendatario le restituya el inmueble arrendado se aplicarán las siguientes reglas:  Demanda. A la demanda deberá acompañarse prueba documental del contrato de arrendamiento suscrito por el arrendatario, o la confesión de este hecha en interrogatorio de parte extraprocesal, o prueba testimonial siquiera sumaria. […]

ARTÍCULO 383. DECLARACIÓN DE BIENES VACANTES O MOSTRENCOS

 La demanda para que se declaren vacantes o mostrencos determinados bienes solo podrá instaurarse por la entidad a la cual deban adjudicarse conforme a la ley.  Siempre que en la oficina de registro de instrumentos públicos figure alguna persona como titular de un derecho real principal sobre el bien objeto […]

ARTÍCULO 382. IMPUGNACIÓN DE ACTOS DE ASAMBLEAS, JUNTAS DIRECTIVAS O DE SOCIOS

La demanda de impugnación de actos o decisiones de asambleas, juntas directivas, juntas de socios o de cualquier otro órgano directivo de personas jurídicas de derecho privado, solo podrá proponerse, so pena de caducidad, dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha del acto respectivo y deberá dirigirse […]

ARTÍCULO 381. PAGO POR CONSIGNACIÓN

En el proceso de pago por consignación se observarán las siguientes reglas:  La demanda de oferta de pago deberá cumplir tanto los requisitos exigidos por este código como los establecidos en el Código Civil. Si el demandado no se opone, el demandante deberá depositar a órdenes del juzgado lo ofrecido, […]

ARTÍCULO 380. RENDICIÓN ESPONTÁNEA DE CUENTAS

Quien considere que debe rendir cuentas y pretenda hacerlo sin que se le hayan pedido, deberá acompañarlas a la demanda. Si dentro del traslado de aquellas el demandado no se opone a recibirlas, ni las objeta, ni propone excepciones previas, se prescindirá de la audiencia y el juez las aprobará […]

ARTÍCULO 376. SERVIDUMBRES

En los procesos sobre servidumbres se deberá citar a las personas que tengan derechos reales sobre los predios dominante y sirviente, de acuerdo con el certificado del registrador de instrumentos públicos que se acompañará a la demanda. Igualmente se deberá acompañar el dictamen sobre la constitución, variación o extinción de […]