Derecho

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TÍTULO I: MEDIDAS CAUTELARES

ARTÍCULO 602. CONSIGNACIÓN PARA IMPEDIR O LEVANTAR EMBARGOS Y SECUESTROS

El ejecutado podrá evitar que se practiquen embargos y secuestros solicitados por el ejecutante o solicitar el levantamiento de los practicados, si presta caución por el valor actual de la ejecución aumentada en un cincuenta por ciento (50%).    Cuando existiere embargo de remanente o los bienes desembargados fueren perseguidos […]

ARTÍCULO 601. SECUESTRO DE BIENES SUJETOS A REGISTRO

El secuestro de bienes sujetos a registro sólo se practicará una vez se haya inscrito el embargo. En todo caso, debe perfeccionarse antes de que se ordene el remate; en el evento de levantarse el secuestro, se aplicará lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 596.    El certificado del […]

ARTÍCULO 600. REDUCCIÓN DE EMBARGOS

En cualquier estado del proceso una vez consumados los embargos y secuestros, y antes de que se fije fecha para remate, el juez, a solicitud de parte o de oficio, cuando con fundamento en los documentos señalados en el cuarto inciso del artículo anterior considere que las medidas cautelares son […]

ARTÍCULO 599. EMBARGO Y SECUESTRO

esde la presentación de la demanda el ejecutante podrá solicitar el embargo y secuestro de bienes del ejecutado.    Cuando se ejecute por obligaciones de una persona fallecida, antes de liquidarse la sucesión, sólo podrán embargarse y secuestrarse bienes del causante.    El juez, al decretar los embargos y secuestros, […]

ARTÍCULO 598. MEDIDAS CAUTELARES EN PROCESOS DE FAMILIA

En los procesos de nulidad de matrimonio, divorcio, cesación de efectos civiles de matrimonio religioso, separación de cuerpos y de bienes, liquidación de sociedades conyugales, disolución y liquidación de sociedades patrimoniales entre compañeros permanentes, se aplicarán las siguientes reglas:    Cualquiera de las partes podrá pedir embargo y secuestro de […]

ARTÍCULO 597. LEVANTAMIENTO DEL EMBARGO Y SECUESTRO

Se levantarán el embargo y secuestro en los siguientes casos:    Si se pide por quien solicitó la medida, cuando no haya litisconsortes o terceristas; si los hubiere, por aquel y estos, y si se tratare de proceso de sucesión por todos los herederos reconocidos y el cónyuge o compañero […]

ARTÍCULO 596. OPOSICIONES AL SECUESTRO

A las oposiciones al secuestro se aplicarán las siguientes reglas:    Situación del tenedor. Si al practicarse el secuestro los bienes se hallan en poder de quien alegue y demuestre título de tenedor con especificación de sus estipulaciones principales, anterior a la diligencia y procedente de la parte contra la […]

ARTÍCULO 595. SECUESTRO

Para el secuestro de bienes se aplicarán las siguientes reglas:    En el auto que lo decrete se señalará fecha y hora para la diligencia y se designará secuestre que deberá concurrir a ella, so pena de multa de diez (10) a veinte (20) salarios mínimos mensuales. Aunque no concurra […]

ARTÍCULO 594. BIENES INEMBARGABLES

<Artículo condicionalmente EXEQUIBLE> Además de los bienes inembargables señalados en la Constitución Política o en leyes especiales, no se podrán embargar: 1. Los bienes, las rentas y recursos incorporados en el presupuesto general de la Nación o de las entidades territoriales, las cuentas del sistema general de participación, regalías y […]

ARTÍCULO 593. EMBARGOS

Para efectuar embargos se procederá así:    El de bienes sujetos a registro se comunicará a la autoridad competente de llevar el registro con los datos necesarios para la inscripción: si aquellos pertenecieren al afectado con la medida, lo inscribirá y expedirá a costa del solicitante un certificado sobre su […]