Boletín virtual número 8
Abril de 2008 1. ¿Puede interponerse el recurso extraordinario de anulación contra un laudo arbitral, dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de la providencia que no acceda a aclararlo, complementarlo o corregirlo? La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, en sentencia de [...]