
Boletín Virtual
Boletín virtual número 27
Marzo de 2010 1. ¿En los procesos contencioso administrativos puede decretarse la perención del proceso cuando el demandante deja transcurrir seis (6) meses sin adelantar los trámites de notificación personal al demandado del auto admisorio de la demanda, previstos en los artículo 315 a 320 del Código de Procedimiento Civil? [...]