La ausencia del juramento estimatorio del demandado
El numeral 3 del artículo 96 del Código General del Proceso (CGP) establece que la contestación de la demanda deberá contener un juramento estimatorio cuando se aleguen por el demandado reclamaciones respecto de mejoras, indemnizaciones o pagos, y el artículo 97 CGP indica que de no presentarse en la contestación de la demanda no se considerarán las respectivas reclamaciones, (…)