Derecho

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ARTÍCULO 560. INCUMPLIMIENTO DEL ACUERDO

Artículo modificado por el artículo 26 de la Ley 2445 de 2025. El nuevo texto es el siguiente: Si el deudor no cumple las obligaciones convenidas en el acuerdo de pago, cualquiera de los acreedores o el mismo deudor, informarán por escrito de dicha situación al conciliador, dando cuenta precisa […]

ARTÍCULO 559. FRACASO DE LA NEGOCIACIÓN

Artículo modificado por el artículo 25 de la Ley 2445 de 2025. El nuevo texto es el siguiente: Si transcurrido el término previsto en el artículo 544 no se celebra el acuerdo de pago, el conciliador declarará el fracaso de la negociación e inmediatamente remitirá las diligencias al juez civil […]

ARTÍCULO 558. CUMPLIMIENTO DEL ACUERDO

Vencido el término previsto en el acuerdo para su cumplimiento, el deudor solicitará al conciliador la verificación de su cumplimiento, para lo cual discriminará la forma en que las obligaciones fueron satisfechas, acompañando los documentos que den cuenta de ello. El conciliador comunicará a los acreedores a fin de que […]

ARTÍCULO 557. IMPUGNACIÓN DEL ACUERDO O DE SU REFORMA

Artículo modificado por el artículo 23 de la Ley 2445 de 2025. El nuevo texto es el siguiente: El acuerdo de pago podrá ser impugnado cuando: 1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 553, contenga cláusulas que violen el orden legal de prelación de créditos, […]

ARTÍCULO 556. REFORMA DEL ACUERDO

El acuerdo podrá ser objeto de reformas posteriores a solicitud del deudor o de un grupo de acreedores que represente por lo menos una cuarta parte de los créditos insolutos, conforme a la certificación que para el efecto expida el conciliador producida con el reporte de pagos que para el […]

ARTÍCULO 554. CONTENIDO DEL ACUERDO

 El acuerdo de pago contendrá, como mínimo:  Numeral modificado por el artículo 22  de la Ley 2445 de 2025. El nuevo texto es el siguiente: La forma en que serán atendidas las obligaciones objeto del mismo, en el orden de prelación de créditos previsto en esta ley. Numeral modificado por […]

ARTÍCULO 553. ACUERDO DE PAGO

Artículo modificado por el artículo 21 de la Ley 2445 de 2025. El nuevo texto es el siguiente: El acuerdo de pago estará sujeto a las siguientes reglas: 1. Deberá celebrarse dentro del término previsto en el presente capítulo y dentro de la audiencia. 2. Deberá ser aprobado por dos […]

ARTÍCULO 552. DECISIÓN SOBRE OBJECIONES

Artículo modificado por el artículo 20 de la Ley 2445 de 2025. El nuevo texto es el siguiente: Si no se conciliaren las objeciones en la audiencia, el conciliador la suspenderá por una única vez, durante diez (10) días, para que dentro de los cinco (5) primeros días inmediatamente siguientes […]

ARTÍCULO 551. SUSPENSIÓN DE LA AUDIENCIA DE NEGOCIACIÓN DE DEUDAS

Si no se llegare a un acuerdo en la misma audiencia y siempre que se advierta una posibilidad objetiva de arreglo, el conciliador podrá suspender la audiencia las veces que sea necesario, la cual deberá reanudar a más tardar dentro de los diez (10) días siguientes.  En todo caso, las […]