Derecho

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ARTÍCULO 462. CITACIÓN DE ACREEDORES CON GARANTÍA REAL

Si del certificado de la oficina de registro correspondiente aparece que sobre los bienes embargados existen garantías prendarias* o hipotecarias, el juez ordenará notificar a los respectivos acreedores, cuyos créditos se harán exigibles si no lo fueren, para que los hagan valer ante el mismo juez, bien sea en proceso […]

ARTÍCULO 461. TERMINACIÓN DEL PROCESO POR PAGO

Si antes de iniciada la audiencia de remate, se presentare escrito proveniente del ejecutante o de su apoderado con facultad para recibir, que acredite el pago de la obligación demandada y las costas, el juez declarará terminado el proceso y dispondrá la cancelación de los embargos y secuestros, si no […]

ARTÍCULO 460. EJECUCIÓN DEL HECHO DEBIDO

ara la ejecución del hecho por un tercero, el otorgamiento de la escritura o la suscripción del documento por el juez, o la destrucción de lo hecho con intervención de aquel, una vez ejecutoriada la sentencia que ordene llevar adelante la ejecución, se dará cumplimiento a lo dispuesto en los […]

ARTÍCULO 459. ENTREGA DEL BIEN OBJETO DE OBLIGACIÓN DE DAR

Ejecutoriada la sentencia o el auto que ordene seguir adelante la ejecución por obligación de dar una especie mueble o bienes de género distintos de dinero que hubieren sido secuestrados, el juez ordenará al secuestre que los entregue al demandante, y aplicará lo dispuesto en el artículo 455, si fuere […]

ARTÍCULO 458. VENTA DE TÍTULOS INSCRITOS EN BOLSA

En firme la liquidación del crédito, a petición de cualquiera de las partes, podrá el juez ordenar la venta de títulos inscritos en las bolsas de valores debidamente autorizados, por conducto de las mismas; pero si se trata de títulos nominativos, para autorizar la venta se requiere que el embargo […]

ARTÍCULO 457. REPETICIÓN DEL REMATE Y REMATE DESIERTO

Siempre que se impruebe o se declare sin valor el remate se procederá a repetirlo y será postura admisible la misma que rigió para el anterior.  Cuando no hubiere remate por falta de postores, el juez señalará fecha y hora para una nueva licitación. Sin embargo, fracasada la segunda licitación […]

ARTÍCULO 456. ENTREGA DEL BIEN REMATADO

Si el secuestre no cumple la orden de entrega de los bienes dentro de los tres (3) días siguientes al recibo de la comunicación respectiva, el rematante deberá solicitar que el juez se los entregue, en cuyo caso la diligencia deberá efectuarse en un plazo no mayor a quince (15) […]

ARTÍCULO 455. SANEAMIENTO DE NULIDADES Y APROBACIÓN DEL REMATE

Las irregularidades que puedan afectar la validez del remate se considerarán saneadas si no son alegadas antes de la adjudicación.  Las solicitudes de nulidad que se formulen después de esta, no serán oídas.  Cumplidos los deberes previstos en el inciso 1o del artículo 453, el juez aprobará el remate dentro […]

ARTÍCULO 454. REMATE POR COMISIONADO

Para el remate podrá comisionarse al juez del lugar donde estén situados los bienes, si lo pide cualquiera de las partes; en tal caso, el comisionado procederá a realizarlo previo el cumplimiento de las formalidades legales.  El comisionado está facultado para recibir los títulos de consignación para hacer postura y […]

ARTÍCULO 453. PAGO DEL PRECIO E IMPROBACIÓN DEL REMATE

El rematante deberá consignar el saldo del precio dentro de los cinco (5) días siguientes a la diligencia a órdenes del juzgado de conocimiento, descontada la suma que depositó para hacer postura, y presentar el recibo de pago del impuesto de remate si existiere el impuesto.  Vencido el término sin […]