Derecho

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ARTÍCULO 442. EXCEPCIONES

La formulación de excepciones se someterá a las siguientes reglas:  Dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación del mandamiento ejecutivo el demandado podrá proponer excepciones de mérito. Deberá expresar los hechos en que se funden las excepciones propuestas y acompañar las pruebas relacionadas con ellas. Cuando se […]

ARTÍCULO 441. EJECUCIÓN PARA EL COBRO DE CAUCIONES JUDICIALES

Cuando en un proceso se hubiere prestado caución bancaria o de compañía de seguros con cualquier fin, si quien la otorgó o el garante no depositan el valor indicado por el juez dentro de los diez (10) días siguientes a la ejecutoria de la providencia que así lo ordene, la […]

ARTÍCULO 439. REGULACIÓN DE PERJUICIOS

Dentro del término para proponer excepciones el demandado podrá objetar la estimación de los perjuicios hecha por el ejecutante en la demanda caso en el cual se dará aplicación al artículo 206. El juez convocará a audiencia para practicar las pruebas y definir el monto de los perjuicios.  Si no se […]

ARTÍCULO 438. RECURSOS CONTRA EL MANDAMIENTO EJECUTIVO

El mandamiento ejecutivo no es apelable; el auto que lo niegue total o parcialmente y el que por vía de reposición lo revoque, lo será en el suspensivo. Los recursos de reposición contra el mandamiento ejecutivo se tramitarán y resolverán conjuntamente cuando haya sido notificado a todos los ejecutados. 

ARTÍCULO 437. EJECUCIÓN SUBSIDIARIA POR PERJUICIOS

Cuando la demanda se formule de acuerdo con lo previsto en el inciso 2o del artículo 428, el auto ejecutivo deberá contener:  La orden de que se cumpla la obligación en la forma estipulada y que se paguen los perjuicios moratorios demandados. La orden subsidiaria de que, en caso de no […]

ARTÍCULO 436. OPORTUNIDAD PARA EL CUMPLIMIENTO FORZADO

El cumplimiento forzado de las obligaciones de hacer, suscribir documentos y destruir lo hecho, no podrá llevarse a efecto sino una vez ejecutoriada la providencia que ordene seguir adelante la ejecución. 

ARTÍCULO 435. OBLIGACIÓN DE NO HACER

Si la obligación es de no hacer y se ha probado la contravención, el juez ordenará al demandado la destrucción de lo hecho dentro de un plazo prudencial y librará ejecución por los perjuicios moratorios, si en la demanda se hubieren pedido.  Si el ejecutado considera que no es procedente […]

ARTÍCULO 434. OBLIGACIÓN DE SUSCRIBIR DOCUMENTOS

Cuando el hecho debido consiste en suscribir una escritura pública o cualquier otro documento, el mandamiento ejecutivo, además de los perjuicios moratorios que se demanden, comprenderá la prevención al demandado de que en caso de no suscribir la escritura o el documento en el término de tres (3) días, contados […]

ARTÍCULO 433. OBLIGACIÓN DE HACER

Si la obligación es de hacer se procederá así:  En el mandamiento ejecutivo el juez ordenará al deudor que se ejecute el hecho dentro del plazo prudencial que le señale y librará ejecución por los perjuicios moratorios cuando se hubieren pedido en la demanda. Ejecutado el hecho se citará a […]