Derecho

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SECCIÓN TERCERA: PROCESOS DE LIQUIDACIÓN

ARTÍCULO 537. FACULTADES Y ATRIBUCIONES DEL CONCILIADOR

Sin perjuicio de lo establecido en otras disposiciones, el conciliador tendrá las siguientes facultades y atribuciones en relación con el procedimiento de negociación de deudas: 1. Citar al deudor y a sus acreedores de conformidad con lo dispuesto en este título. 2. Numeral modificado por el artículo 8 de la […]

ARTÍCULO 536. TARIFAS PARA LOS CENTROS DE CONCILIACIÓN REMUNERADOS

 El Gobierno Nacional reglamentará las tarifas que podrán cobrar los centros de conciliación y las notarías para tramitar de los procedimientos de negociación de deudas y de convalidación de acuerdo. Dichas tarifas no pueden constituir una barrera de acceso al procedimiento aquí previsto, deben ser acordes con la situación de […]

ARTÍCULO 535. GRATUIDAD

<Artículo modificado por el artículo 7 de la Ley 2445 de 2025. El nuevo texto es el siguiente:> <Inciso corregido por el artículo 5 de la Decreto 1136 de 2025. El nuevo texto es el siguiente:> Los procedimientos de negociación de deudas y de convalidación de acuerdo ante centros de conciliación de […]

ARTÍCULO 534. COMPETENCIA DE LA JURISDICCIÓN ORDINARIA CIVIL

Artículo modificado por el artículo 6de la Ley 2445 de 2025. El nuevo texto es el siguiente: De las controversias previstas en los artículos 537 -parágrafo, 549, 552, 557 y 560 conocerá, en única instancia, el juez civil del domicilio del deudor o en su defecto del domicilio en donde […]

ARTÍCULO 532. ÁMBITO DE APLICACIÓN

Artículo modificado por el artículo 4 de la Ley 2445 de 2025. El nuevo texto es el siguiente: Los procedimientos contemplados en el presente título serán aplicables a las personas naturales no comerciantes y a las personas naturales comerciantes que cuenten con activos totales por valor inferior a mil (1.000) […]

ARTÍCULO 531. FINALIDAD DEL RÉGIMEN DE INSOLVENCIA DE LA PERSONA NATURAL

Artículo modificado por el artículo 3 de la Ley 2445 de 2025. El nuevo texto es el siguiente: El régimen de insolvencia de la persona natural que en este título se regula tiene por objeto el reintegro de la persona natural que ha sufrido un quebranto económico a la actividad […]

ARTÍCULO 530. REGLAS DE LA LIQUIDACIÓN

Para la liquidación se procederá así:  Una vez posesionado el liquidador deberá elaborar el inventario de activos y pasivos y presentarlo dentro del término que el juez le otorgue teniendo en cuenta el tamaño de la sociedad y el número de acreedores. Los pasivos deberán presentarse con sujeción a la […]

ARTÍCULO 529. SENTENCIA

Si en la sentencia el juez decreta la nulidad total del contrato social o la disolución de la compañía, deberá:  Designar liquidador de la lista de auxiliares de la justicia y ordenar su inscripción en el registro mercantil. Fijar la remuneración del liquidador de acuerdo con las tablas establecidas por […]

ARTÍCULO 528. AUDIENCIA INICIAL

En la audiencia inicial el juez instará a los socios a conciliar las diferencias y a designar liquidador.  En lo demás, se aplicará lo dispuesto en los artículos 372 y 373.